Porque el Derecho también se explica con claridad, ejemplos y criterio profesional.
Porque el Derecho también se explica con claridad, ejemplos y criterio profesional.
Legalmente Hablando, la cápsula jurídica de EduPro.
Aquí transformamos situaciones reales en lecciones jurídicas útiles. Explicamos el Derecho Dominicano y comparado sin tecnicismos innecesarios, con aplicación práctica y enfoque educativo.
En esta sección abordamos temas legales de interés público y profesional desde una mirada crítica, pedagógica y con base doctrinal sólida. Aquí compartimos historias reales (anonimizadas), análisis jurídicos breves, miniguías sobre contratos, derechos del consumidor, obligaciones civiles y más, todo conforme al ordenamiento jurídico dominicano y a las mejores prácticas del Derecho comparado.
Cada publicación está acompañada de una cápsula explicativa sustentada en el Código Civil, el Código de Procedimiento Civil, doctrina relevante y principios generales del Derecho.
👉🏽 “Nunca más firmaré sin leer: lecciones aprendidas de un contrato de estudios internacionales”
¿Sabías que… según el Código Civil Dominicano, los contratos deben respetar la buena fe y la voluntad real de las partes?
🔎 El artículo 1134 del Código Civil establece que:
“Las convenciones legalmente formadas tienen fuerza de ley entre las partes.”
Eso significa que todo lo que firmes te obliga, aunque no lo hayas entendido o no te lo hayan explicado claramente.
📌 Pero aquí entra el principio de buena fe contractual y el carácter de adhesión de ciertos contratos. Si una parte (como una institución educativa) impone condiciones preestablecidas que tú solo puedes aceptar o rechazar, el juez puede revisar esas cláusulas si son abusivas o contrarias al orden público.
📜 Art. 1108 C.C.D. también exige que haya consentimiento libre: si te engañan con información incompleta, puede haber vicio del consentimiento.
Y si el contrato está en idioma extranjero, sin traducción adecuada, se viola tu derecho a comprender plenamente lo que estás aceptando.
✅ En resumen:
Si no entiendes lo que firmas, no firmes.
Si te presionan o prometen algo distinto a lo que dice el contrato, guarda pruebas.
Y si te engañaron, puedes tener recursos legales.
A veces confiamos más en lo que nos dice un agente comercial que en lo que realmente firmamos. Nos dejamos llevar por la palabra amable, la promesa de que "no hay penalidades", "esto es solo un formulario", "todo es flexible"...
Hasta que llega el momento de la verdad. Un recargo, un bloqueo, una sanción que nadie te explicó (pero que está enterrada en letra pequeña dentro de un contrato en inglés que nunca tradujiste).
¿Te suena conocido?
Esta es la historia —sin nombres— de una estudiante comprometida que, por confiar en la palabra de un vendedor, terminó enfrentando cargos extra que le habían prometido que nunca se aplicarían.
📌 ¿La lección?
Si no está en el contrato, no existe.
Si está en el contrato, te compromete, aunque no lo hayas entendido del todo.
Si alguien te dice “eso no aplica”, exige que lo pongan por escrito y con firma.
¿Cuánto cuesta confiar en la palabra de un vendedor?
Una de nuestras asesoras compartió su experiencia al inscribirse en un programa de doctorado internacional. Antes de firmar, preguntó expresamente si existirían recargos por mora. Le dijeron que "nunca pagaría más allá del monto pactado, sin importar atrasos futuros."
Confiada, firmó. Pero casi un año después, al presentar dificultades económicas por el cuidado de su madre enferma, recibió un correo:
“De no realizar el pago hoy, se aplicará un recargo de $50 por mora.”
Al reclamar, le respondieron:
“Eso está en su contrato inicial… aunque no se le explicó en su momento.”
¿Qué pasó aquí? ¿Hubo engaño? ¿Se puede reclamar legalmente?
📜 Artículo 1134 del Código Civil Dominicano
“Las convenciones legalmente formadas tienen fuerza de ley entre las partes.”
📌 Pero cuando el contrato no fue explicado, está en otro idioma o contiene cláusulas impuestas sin verdadera negociación, se considera un contrato de adhesión.
🧠 Y si además se promete algo distinto a lo pactado, se configura lo que legalmente llamamos publicidad engañosa, según la Ley No. 358-05 de Protección al Consumidor.
➡️ En este tipo de casos, podrías alegar:
Vicio del consentimiento (por error o engaño).
Abusividad de cláusulas no negociadas.
Violación a la buena fe contractual.
No firmes lo que no comprendas.
Guarda toda conversación como prueba.
EduPro & Acevedo Cabrera & Asociados puede ayudarte a interpretar, redactar o impugnar contratos.
📩 ¿Te ha pasado algo parecido? Cuéntanos.
📚 Convertimos experiencias reales en educación legal accesible.
En nuestra firma Acevedo Cabrera & Asociados, te ayudamos a prevenir este tipo de abusos. Revisamos tus contratos, te explicamos lo que realmente estás firmando, y diseñamos estrategias de protección para que tus derechos no queden a la deriva.
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Una marca, múltiples servicios.
Legal, educativo, estratégico.
🔹 Porque aprender duele… pero también empodera.
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